El Glosario

Inicio de la construcción

Según el Programa Nacional de Seguro contra Inundaciones (excepto para construcciones nuevas o mejoras sustanciales bajo la Ley de Recursos de Barreras Costeras), se considera como fecha de inicio de la construcción la fecha de emisión del permiso de construcción, siempre que el inicio real de la construcción, reparación, reconstrucción, rehabilitación, ampliación u otra mejora ocurra dentro de los 180 días posteriores a la emisión del permiso. El inicio real de la construcción se define como la primera colocación de una construcción permanente en el sitio, como el vaciado de una losa o cimentaciones, la instalación de pilotes, la construcción de columnas o cualquier trabajo que vaya más allá de la etapa de excavación; o bien, la colocación de una vivienda prefabricada sobre una cimentación. La construcción permanente no incluye la preparación del terreno, como el desmonte, nivelación y relleno; ni la instalación de calles o aceras; la excavación para un sótano, cimentaciones, pilotes o zapatas; la colocación de encofrados temporales; ni la instalación en la propiedad de edificaciones accesorias, como garajes o cobertizos que no sean unidades habitacionales ni parte de la estructura principal. Para una mejora sustancial, el inicio real de la construcción se refiere a la primera alteración de cualquier pared, techo, piso u otro elemento estructural del edificio, independientemente de si dicha alteración modifica o no las dimensiones exteriores de la construcción.

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