El Glosario

Duplicación de Beneficios (DOB)

La política de FEMA es prevenir la duplicación de beneficios entre sus propios programas (incluido el NFIP) y entre sus programas y otras fuentes de financiamiento (por ejemplo, otras asistencias por desastre y seguros) para el mismo propósito. Por lo tanto, FEMA considera dicha asistencia como adelantos hacia el precio de compra de una propiedad y deduce esos montos del precio pagado al propietario. Sin embargo, FEMA no deducirá los beneficios para los cuales el propietario pueda presentar recibos que demuestren que el dinero se utilizó para su propósito previsto (por ejemplo, reparaciones a una vivienda).

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